lunes, 17 de junio de 2013

La nueva certificación energética de los edificios. Resuelve todas tus dudas


Desde el 1 de junio de 2013 ha entrado en vigor el Real Decreto 235 /2013 de 5 de abril, según el cual es obligatoria la certificación energética de los edificios.
Y vosotros diréis, ¿en qué me afecta eso a mi? ¿estoy obligado a certificar mi piso aunque no sea de nueva construcción? ¿quién puede hacerme la certificación energética de mi piso? No os preocupéis, para aquellos que esto os suene a chino mandarín, ahí van las respuestas a las dudas más comunes.



¿Qué es el certificado de eficiencia energética?
Es un documento en el se describen las características energéticas del inmueble y que incluye la calificación de la eficiencia energética de un edificio. Esta calificación vendrá expresada en la etiqueta de eficiencia energética.
Modelo de etiqueta de eficiencia energética

Veréis que la escala de colores es similar a la que se utiliza por ejemplo para la clasificación energética de un electrodoméstico. 
En el certificado, además, se deberán describir una serie de recomendaciones de mejora del edificio que sean técnica y económicamente viables. Lo cual será útil si tienes que hacer alguna reforma y necesitas orientación.
Para que sea válido, una vez que tengas el certificado deberás inscribirlo en el Registro general.
(Podéis ver un ejemplo tipo de estos certificados aquí).

¿Quién está obligado a tener el certificado de eficiencia energética?
Todos los edificios que se construyan a partir del 1 de junio de 2013 están obligados a tener una certificación energética. Aquellos pisos construidos con anterioridad no están obligados a no ser que vayan a ser alquilados o vendidos, en cuyo caso deberán realizar la certificación también. Aquellos pisos que estén bajo contrato de alquiler con anterioridad al 1 de junio no estarán obligados a realizar la certificación energética a no ser que se realicen cambios de contrato (no se considera un cambio de contrato la renovación de un contrato de alquiler sin modificación de condiciones).

¿Qué vigencia tiene el certificado de eficiencia energética?
El certificado de eficiencia energética tendrá una validez máxima de diez años a partir de la cual deberá renovarse.  

¿Quién puede hacerme un certificado de eficiencia energética?
El propietario será el que deba elegir libremente a cualquier "técnico competente", que traducido significa cualquier Arquitecto, Arquitecto Técnico, Ingeniero de la Edificación, Ingeniero Industrial o Ingeniero Técnico Industrial.

¿Cuánto me costará el certificado de eficiencia energética?
Buena pregunta. No existen tarifas oficiales así que dependerá del certificador en cuestión. 
En este comparador puedes ver precios orientativos. Solo tienes que introducir el tipo de vivienda, los m2 aproximados y tu código postal y te saldrá un listado de certificadores registrados en esa web con sus precios. Por ejemplo, para un piso de entre 81-120 m2 en el centro de Alicante los precios de los certificadores de la web oscilan entre los 150 y 300 euros.

¿Qué pasa si no tengo el certificado de eficiencia energética?
Pues las multas pueden ir desde los 300 a los 6.000 euros, dependiendo de la gravedad de la infracción.
En caloryfrio.com te explican detalladamente las sanciones.

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